Asistencia durante las 24 horas, los 365 días del año en todo el mundo. Ahora podés contar con el servicio de asistencia al viajero fuera del territorio argentino, asistencia médica exclusivamente en el tratamiento de enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio del viaje que impida la continuación del mismo.

La asistencia médica incluye:

  • Consultas médicas: se prestarán en caso de accidente o enfermedades agudas e imprevistas. Queda excluida la toma a cargo de los gastos derivados de enfermedades preexistentes al viaje.
  • Atención por especialista: cuando sea indicada por los equipos médicos de urgencia y autorizada previamente.
  • Exámenes médicos complementarios: Análisis de sangre, de orina, etc.; radiografías, electrocardiografías y/o cualquier otro estudio que sea ordenado por los profesionales.
  • Terapia de recuperación física: en los casos de traumatismos hasta 10 (diez) sesiones de fisioterapia, kinesioterapia, etc.
  • Medicamentos: los gastos de medicamentos recetados para la afección que diera lugar a la asistencia, hasta el tope máximo de Trescientos Dólares (u$s300) por cada viaje.
  • Odontología: tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria.
  • Internaciones: en el Centro Asistencial más próximo al lugar del accidente o enfermedad durante todo el tiempo de vigencia del servicio hasta cinco (5) días complementarios al cese de la cobertura.
  • Intervenciones quirúrgicas: en los casos de emergencia que requieran urgentemente este tratamiento.
  • Terapia Intensiva y Unidad Coronaria: cuando la naturaleza de la enfermedad o lesiones lo requieran se proveerá este tipo de tratamiento.
  • Límite de gastos de asistencia médica: hasta el tope máximo de Dieciocho Mil Dólares Americanos (uSs 18.000) por cada viaje fuera del territorio argentino.
  • Gastos Médicos por Preexistencias, Gastos médicos por lesiones causadas durante la práctica de un deporte y Gastos médicos por dolencias, controles o cualquier tipo de problema a causa de un embarazo: no se encuentran cubiertos sin embargo, podrían tener un tope de asistencia menor al tope de asistencia por asistencia médica en función de la cobertura activada.
  • Traslados sanitarios: En casos de emergencia, cubrirá el traslado al centro asistencial más próximo al lugar del accidente o enfermedad.

Condiciones:

  • Tener domicilio o residencia en la República Argentina.

  • Los Servicios de Asistencia al Viajero no se pueden ceder ni transferir a otras personas.

  • Se prestan en viaje fuera de la República Argentina a más de 100 kms. de su domicilio, y su posterior regreso. Deberá presentar toda la documentación que sea necesaria a tal fin, como por ejemplo pasajes, pasaportes, vouchers de hotelería, etc.

  • La vigencia del servicio de asistencia al viajero es anual. Es decir, que dentro del año, puede realizar la cantidad de viajes que desee; sin embargo la vigencia de los servicios se limita a veinte (20) días consecutivos para cada viaje.

  • Para activar la cobertura del servicio debe llamar 72hs. antes de iniciar su viaje al +54 11 5217 5656, recibirá vía correo electrónico un voucher de asistencia que le indicará los teléfonos a los cuales llamar en caso de urgencia y el detalle de su cobertura.